Tribunal Superior Administrativo (TSA), admite amparo del sector social, en contra de la firma del Pacto Eléctrico y fija audiencia para conocer de la referida acción, dirigida al Consejo Económico y Social, CES., entidad encargada de organizar las discusiones, consenso, concertación y firma de los pactos previstos en la ley 1-12, que instituye la estrategia nacional de desarrollo.
El amparo será conocido por la primera sala del Tribunal Superior Administrativo, en la modalidad presencial, bajo la dirección de su presidente, el magistrado Román Hiciano Berroa, a las 12 del mediodía, del próximo miércoles 10 de marzo, según Auto Núm.02043-2021.
Las entidades accionantes, compuestas por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (Cnlcc), Asociación de Economistas Dominicanos (ANED), Foro Ciudadano, Ciudad Alternativa, Federación Dominicana de Cooperativas Eléctricas (Fedocoope), Asociación Dominicana para la Educación y Protección de los Consumidores y Usuarios (Adeproco).
También, el Instituto de Desarrollo de la Economía Asociativa (IDEAC), Federación de Comerciantes Unión Económica, Fundación Grupo Guayacán de Energía y Medio Ambiente (GEMA), Consejo Dominicano por la Defensa de los Derechos de los Trabajadores de la Educación (Condetre), Movimiento de Campesinos Trabajadores las Comunidades Unidas (MCCU).
Asimismo, la Federación Nacional de Discapacidad Dominicana, Articulación Nacional Campesina (ANC), Comité para la Defensa de los Derechos Barriales (Copadeba), Hermandad de pensionados/jubilados de la C.D.E.E.E (Hepejodeee), Red Urbano Popular (RUP), y la Fundación por los Derechos del Consumidor (Fundecom), expresaron su confianza en que el tribunal acogerá su amparo y restablecerá la institucionalidad.
Las entidades agrupadas en el sector social, que por años participaron en las discusiones del pacto, fundamentan su amparo, en que fue excluyente y firmado de forma ilegal e ilegítima, sin haberse concluido, además de violatorio a los derechos fundamentales de los usuarios del sistema eléctrico, al debido proceso de ley, al debido proceso administrativo, este último como consecuencia derivada del derecho fundamental a la buena administración, a las leyes Nos. 107-13, 1-12, 142-15, respectivamente sobre los derechos y deberes de la administración frente a los administrados, la estrategia nacional de desarrollo y la que instituye el Consejo Económico y Social, así como la Constitución de la República.