DIDA llama a centros de salud no exigir cobros en emergencia

Por Carmelo Soriano

Santo Domingo, RD.- Carolina Serrata Méndez titular de la Dirección General Información y Defensa de los Afiliados a la seguridad Social (DIDA), llamó a centros de salud públicos o privados a brindar las atenciones médicas a las personas en caso de emergencias tal como lo establece la constitución de la República Dominicana y la Ley General de Salud, además de erradicar la mala práctica de cobros indebidos a afiliados cuando se encuentran en esta situación, práctica prohibida por la Ley 87-01 y resoluciones emitidas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).

Serrata Méndez llamó a los afiliados a que si se vulneran sus derechos en Seguridad Social acudan a formalizar sus reclamos a la DIDA y a la vez pidió a los centros de salud a no continuar con esta práctica violatoria a las leyes y normas de la seguridad social.

La Ley 87-01 establece las responsabilidades de las PSS y determina en el artículo 181 a los infractores del Seguro Familiar de Salud (SFS), entre los cuales se encuentran los Prestadores de Servicios de Salud en caso de realizar cobros de depósito y anticipo.

Estas declaraciones fueron ofrecidas durante un panel en el programa televisivo Esta Noche Mariasela, por color visión canal 9.

En el panel se trató el caso de Aldo Peguero, Abogado, quien luego de perder a su esposa el 28 de diciembre por un Cáncer de Páncreas en una clínica privada de Santo Domingo, se le exigió un depósito de $200 mil pesos, luego de realizar el pago lo condujeron al departamento legal, para un reconocimiento de deuda por 1,200,000 pesos, que debía efectuar en pagos de 200 mil pesos mensuales, condiciones del centro para la entrega del el cadáver, según informó el profesional del derecho.

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