El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto que modifica el artículo 6 de la Ley No.340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado.
La senadora Faride Raful (Distrito Nacional) solicitó al Pleno Senatorial que la pieza legislativa sea incluida en el orden del día y declarada de urgencia.
La iniciativa señala que se hace necesario que el Estado dominicano cuente con mecanismos ágiles y efectivos que le permitan adquirir y contratar la compra de vacunas, las cuales resultan indispensables para garantizar una adecuada respuesta en el tratamiento y erradicación de epidemias o pandemias declaradas como tales, y en consecuencia salvaguardar la vida humana, lo cual constituye una responsabilidad fundamental del Estado.
En su octavo considerando, indica que el Estado dominicano se ha visto en la imperiosa necesidad de acceder a los mercados internacionales e iniciar procesos de negociación y suscribir contratos para la compra de vacunas para el tratamiento de la Covid-19, durante el estado de emergencia autorizado por el Congreso Nacional y declarado por el Poder Ejecutivo.
Esta iniciativa fue sancionada con 25 senadores presentes en la sesión. La pieza pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación.
En la sesión extraordinaria de este martes, los senadores sancionaron en única lectura el contrato del pliego de condiciones vinculantes suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y Pfizer, Inc., corporación organizada y existente bajo las leyes del estado de Delaware, Estados Unidos, para el suministro de 7,999,875 dosis de la vacuna de ARNM BNT162 dirigida contra el SARS-COV2 para prevenir la infección por Covid-19, a una contraprestación total de US$95 millones 998 mil 500. Incluyendo el transporte del medicamento.
Esta iniciativa fue remitida por el Poder Ejecutivo a través de una misiva dirigida al presidente de la Cámara Alta, Eduardo Estrella, fechada del 18 de enero del 2021, con el número 000798.
En la comunicación señala que “espero que los señores legisladores impartan su voto aprobatorio al Pliego de Condiciones Vinculantes que ahora someto a su consideración, así como al Acuerdo Definitivo que luego será suscrito, los cuales forman parte de los esfuerzos que de manera conjunta se han estado realizando para asegurar la disponibilidad oportuna de la vacuna contra la Covid-19 a toda la población dominicana”.
Tras ser sancionada esta iniciativa, el presidente del Senado de la República Dominicana, Eduardo Estrella, dijo que esta pieza legislativa será remitida a la Cámara de Diputados para su aprobación.
Los senadores aprobaron, además, en única lectura, el proyecto que modifica la Ley No. 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial, de la autoría de la senadora Faride Raful.
El proyecto tiene el objetivo de reincorporar las disposiciones de la Ley 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial y establecer un Régimen de Tributación Especial con carácter transitorio que permita a los contribuyentes declarar, revalorizar y efectuar el pago correspondiente de manera voluntaria y excepcional ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), respecto a aquellos bienes y derechos que se especifican en el artículo 5 de esta ley para regularizar sus obligaciones tributarias.
En segunda lectura los senadores aprobaron el proyecto que crea y agrega viceministerios y modifica las leyes que rigen los ministerios del Gobierno Central.
Esta iniciativa fue presentada al Pleno por el vicepresidente del Senado de la República, Santiago José Zorrilla (El Seibo).
Esta iniciativa tiene el objeto de crear y agregar viceministerios para el despacho de los asuntos de gobierno y modificar las leyes que rigen los ministerios.
La misma se realizará tomando en consideración lo establecido en el artículo 163 de la Constitución de la República, que establece que la ley determinará las atribuciones de los ministros y viceministros refiriéndose a la Ley Orgánica de la Administración Pública No. 247-12, en sus artículos 31 y 32 referente a las atribuciones comunes de los viceministros.
La citada ley procura adecuar seis leyes a la estructura orgánica vigente con la adición de viceministerios: en el Ministerio de Hacienda, se crean los viceministerios de Política Fiscal, Crédito Público y Monitoreo de Instituciones; en el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, se crean los viceministerios de Análisis Económico y Social, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional y el de Sectores Productivos.