Acusan a director Inposdom de manejar institución como su feudo personal

Por Carmelo Soriano

Santo Domingo. – El Instituto Postal Dominicano (Inposdom) estableció una alianza irregular con la empresa Mía Cargo, violando varias leyes, como la 47-20 de Alianza Público Privada y 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas, lo que evidencia que Adán Peguero, actual titular de la entidad, maneja esa institución como un feudo personal.

El contrato con la referida empresa es irregular al no haber realizado ningún proceso competitivo, además de violar la 140-15 del Notariado, debido a que las firmas están certificadas por un notario del Estado de la Florida; y la 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en virtud de que carece de una declaración sobre el origen de los fondos utilizados.

“No ha sido publicado, no está en la página del Inposdom y esto evidencia que hay un manejo poco transparente”, planteó el abogado Francisco Guillén al ser consultado sobre el contrato solicitado de manera insistente por el programa Nuria Investigación Periodística a la institución y cuyo director se negaba a entregar bajo el alegato de que el consultor jurídico de la entidad, Joaquín Féliz, no se encontraba en la oficina al momento de la entrevista.

Finalmente, al día siguiente, la institución entregó una parte del acuerdo firmado con una empresa privada representada por el argentino Diego Vestillero y los cubanos Jesús Solé Martínez y Jesús Solé Llerena, en abril de este año, sin haber realizado ningún proceso competitivo en el que participaran varios oferentes.

Sin embargo, como se puede constatar en las instalaciones de Inposdom, la identidad institucional está atada a la imagen de la marca. Desde la máquina de expendio de bocadillos hasta los uniformes de los empleados tienen el logo de Inpospak by Mia Cargo.

“Lo que más llama la atención es la ausencia de cláusulas qué determinen primero la responsabilidad de las partes; porque si estamos tercerizando un servicio público esencial, tenemos que saber que hay una serie de responsabilidades que la entidad privada, el agente privado, que fue contratado, tiene que asumir. Por el contrario aquí hay una cláusula de indeterminación de la responsabilidad dentro de las partes”, afirmó el abogado Francisco Guillén al ser consultado sobre el contrato cuya vigencia es por tiempo indefinido y que establece que el objetivo de la alianza estratégica comercial sería la ejecución de los servicios de recepción, control, procesamiento, transporte, reencaminamiento y entrega de la carga nacional e internacional, así como el desarrollo de múltiples oportunidades de negocios que puedan las partes desarrollar.

Esto quiere decir que el Inposdom queda completamente atado a la responsabilidad frente a los clientes y a los terceros por las faltas que pueda cometer Mia Cargo en sus operaciones.

“No hay cláusulas qué establezcan cuáles van a ser los vínculos o cómo va a ser el manejo o el uso por parte de la empresa de las instalaciones del Inposdom que tiene locales a lo largo y ancho de todo el país”, agregó Guillén.

De acuerdo con el Certificado de Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, el capital de Mia Cargo es de apenas 150 mil pesos y la dirección del domicilio de los accionistas, Jesús Solé Llerena y Jesús Solé Martínez es la misma de Inposdom.

“Si hay un incumplimiento contractual dentro de las escasas y muy flexibles cláusulas que tiene el acuerdo, si el Inposdom tiene que notificar a la empresa, ¿lo va a notificar dentro de la misma infraestructura del Inposdom, en el mismo domicilio? Esto no da un aire de buen derecho. No da un aire de cumplimiento de la norma”, consideró Guillén.

En el caso del tercer accionista de Mia Cargo, el argentino Diego Aníbal Vestillero, actualmente está siendo procesado en su país de origen por contrabando agravado en grado de tentativa luego de haber intentado ingresar 76 contenedores con productos valorados en casi 20 millones de dólares en el marco de la causa conocida como “la Mafia de los contenedores”, en la que empresas traían artículos de valor disfrazados de supuestas mudanzas para evitar el pago de los impuestos correspondientes.

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